Cualquier procurador de los tribunales en Zaragoza está obligado a estar permanente al tanto de los cambios legislativos que se puedan producir. En el caso de este post nos centramos en la reforma de la ley de enjuiciamiento civil y criminal, que se publicaba en el BOE el pasado 6 de octubre. De todas formas, los cambios no serán efectivos hasta dentro de dos meses.
Como principales novedades normativas que introduce el texto podemos citar dos: se establecen límites a la instrucción y se elimina el papel en los juzgados. En el despacho de Ricardo Moreno Ortega te recordamos que en base a esta reforma, los jueces tendrán determinados plazos para instruir. Además, se modifica el término judicial ‘imputado’, que desde ahora se sustituye por ‘investigado’ en una primera fase y por ‘encausado’ si la acusación se mantiene con la investigación avanzada.
Cambios también en lo relativo a la difusión en los medios de comunicación de las imágenes de los detenidos durante su arresto para evitar los llamados juicios paralelos. La reforma prevé un periodo ordinario de seis meses de instrucción para causas sencillas y de 18 para las más complejas. Novedades también que afectan a la organización de las causas ya que se fomentará la separación de distintas piezas para evitar las macrocausas y reducir los tiempos de instrucción. Como despacho procurador de los tribunales en Zaragoza no podemos dejarnos en el tintero otro aspecto esencial de la reforma de la ley de enjuiciamiento civil y criminal. Nos referimos al tema de la incomunicación de los detenidos. Desde ahora los jueces deberán justificar la aplicación de esta medida en un auto y los detenidos incomunicados deberán ser sometidos a dos revisiones médicas cada 24 horas. Además, los menores de 16 no podrán quedar detenidos bajo este régimen.